RECORDATORIO – INSCRIPCIÓN REGISTRO DE ABOGADA/O DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE BELL VILLE
Estimadas/os colegas: El Colegio de Abogados de Bell Ville les recuerda, que de acuerdo a la reciente reglamentación de la Ley Provincial de Abogado de Niños, Niñas y Adolescentes N° 10.636, se han establecido nuevas pautas a los fines de la inscripción y permanencia en el Registro de Abogadas/os de NNyA. Ante esto, las/os colegas que deseen formar parte del Registro y/o mantenerse inscriptos, deberán proceder a completar la inscripción con los requisitos que se establecen a continuación en un plazo máximo de treinta (30) días, a saber:
1) Datos personales: nombre completo, matrícula profesional habilitada dentro de la 3ra. Circunscripción, domicilio real, legal y electrónico, número de teléfono celular.
2) Poseer domicilio real dentro de la 3ra. Circunscripción.
3) Contar con tres (3) años en el ejercicio de la profesión o en ámbitos de promoción de derechos de NNyA.
4) Títulos y Capacitaciones acreditadas con la certificación correspondiente sobre protección de derechos de NNyA. (Art. 3 y 8 de la Ley 10.636).
5) Acompañar certificación de no poseer antecedentes penales ni haber sido condenado por delitos contra la integridad sexual.
6) Acompañar certificación de no estar incluidos en el Registro de deudores alimentarios morosos.
Una vez acompañada la documentación requerida supra, el Colegio mediante resolución fundada se expedirá, sobre la inclusión o exclusión de los postulantes a la lista, la que será notificada vía mail al domicilio electrónico constituido por el aspirante.
Acompañamos, en archivo adjunto, las nuevas directivas y procedimientos reglamentados, referentes a la figura del Abogado/a de Niñas, Niños y Adolescentes en la Provincia de Córdoba.
El Directorio.