• Rivadavia 67, Bell Ville
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Categoría: NOTICIAS

Fallo: ACCIDENTE DE TRABAJO

VOCES: LEY DE RIESGOS DEL TRABAJO- DICTAMEN COMISIÓN MÉDICA: VALOR EN JUICIO- ACCIDENTE DE TRABAJO: CONCEPTO- ENFERMEDADES NO LISTADAS: PRUEBA DE LA RELACIÓN CAUSAL- FALTA DE EXAMEN PREOCUPACIONAL: PRESUNCIÓN IURIS TANTUM- FALTA DE PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LRT.

SENTENCIA NÚMERO: T R E S.———————————

CAMARA DE TRABAJO.—————————————–

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FERIA DE ENERO 2010

DEL 4 AL 15 INCLUSIVE EL HORARIO SERA DE 09:00 A 13:00 HORAS.

DESDE EL DIA 18 HASTA EL 29 DE ENERO INCLUSIVE ESTE COLEGIO PERMANECERA CERRADO.

POR SERVICIO MEDICO DIRIGIRSE DE 9:30 A 11:30 A ESTUDIO DRES. PRINO-BICHSEL: RIVADAVIA 77 O A LOS TELEFONOS: 416570 / 412298.

DEL 1 HASTA EL 5 DE FEBRERO INCLUSIVE: DE 09:00 A 13:00 HORAS.

Fallo: ARMA DESCARGADA

ARMA DESCARGADA – Portación de armas de fuego de Uso Civil – Competencia Federal – Competencia Provincial – Delito o Contravención – Ley 20.429 – art. 189 bis C.P. – SOLICITUD FISCAL DE INCOMPETENCIA.

Juzgado de Control de la Ciudad de Bell Ville

Autos: “Antecedentes remitidos por el Juzgado Federal de Bell Ville – Ref.: CHAPE Diego – Tenencia de Arma de Fuego de Uso Civil – SOLICITUD FISCAL DE INCOM-PETENCIA . . .” (Expte. “A” N°:25/2002).

HECHOS

El 30/8/02 una persona que viajaba a bordo de un colectivo, observa que un pasajero saca de una mochila un arma y la conserva en su poder y a la vista durante algún rato. Asustada, la pasajera alerta sigilosamente al chofer. Leer más

Fallo: RECURSO DE QUEJA

RECURSO DE QUEJA. Apelación denegada. FACULTADES DEL FISCAL PARA APELAR. Gravamen Irreparable. AUTO “FALTA DE MERITO”. Art. 358 segundo párrafo C.P.P.

Cámara de Acusaciones

Auto Interlocutorio N°: de fecha dieciocho de Octubre de dos mil dos Autos: «DICUATRO Fernando Fabián p.s.a. de ROBO EN GRADO DE TENTATIVA – QUEJA», (Expte. Letra «D «- n° 9- año 2002).

HECHOS

El Sr. Juez de Control dicta auto interlocutorio N° 24 de fecha 9 de agosto de 2002 y por el que se dispuso en el punto II) del mismo «declarar que en relación al hecho imputado a F. F. D. no existen méritos para acusar al mismo, ni para sobreseer la presente causa en su favor, por lo que no estando completa la investigación, deberán remitirse estos autos a la Fiscalía de Instrucción de la Sede, para su prosecución, debiendo disponerse su inmediata libertad (art. 358 seg. párrafo del C.P.P.). Leer más